DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

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EJERCIENTES

1- Una fotografía tamaño carnet.

2- Documento de Identidad  (D.N.I., N.I.E, Pasaporte…) Original

3- Certificado del Colegio de procedencia, INCLUYENDO en el certificado la fecha de Jura.

4- Certificado emitido por el Consejo General de la Abogacía (solicitar en el Colegio de procedencia).

5- Certificación o fotocopia de último recibo, a fin de justificar el alta en una Mutualidad alternativa ó RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

6- Alta en Declaración Censal (Modelo 036), o bien, Certificado de situación Censal expedido por la Agencia Tributaria.

* A fin de facilitarles la tramitación del alta les informamos que podrán hacerlo en:

- La Cámara de Comercio, con cita previa en el Telf. 968/229400

- O bien en la AEAT, con cita previa a los Tlfs. 901/121224, 900/878830 ó 91/5357326 o en su web.

7- Certificado de titularidad bancaria.        

IMPORTANTE: Los documentos que se vayan a aportar en formato electrónico deberán ser los PDF originales, con firma digital, descargados u obtenidos directamente de la administración o institución de que se trate. Estos documentos deberán subirlos a través de la Sede Electrónica.

EJERCIENTES POR CUENTA AJENA

* MISMOS REQUISITOS DE COLEGIACION EJERCIENTE A EXCEPCIÓN DE LOS PUNTOS 5 y 6, QUE SERÁN SUSTITUIDOS POR:

- Certificación de la empresa o contrato laboral que acredite que el colegiado estará contratado como Abogado, haciendo constar el número de afiliación al Régimen General de la Seguridad Social.

- En caso de exclusividad, se hará constar mediante el Certificado emitido por la empresa o contrato, o bien, cumplimentando un formulario declarando dicha exclusividad facilitado por éste Colegio.

NO EJERCIENTES

* MISMOS REQUISITOS DE COLEGIACION EJERCIENTE A EXCEPCIÓN DE LOS PUNTOS 5 y 6.

- La cuota trimestral será siempre de 45,60 €.

IMPORTANTE: ESTATUTO GRAL. DE LA ABOGACÍA, ART. 7.3 “ÚNICAMENTE SE PODRÁ ESTAR INCORPORADO COMO RESIDENTE A UN SOLO COLEGIO…”, Y ART. 14.1 “EL PROFESIONAL DE LA ABOGACÍA INCORPORADO A CUALQUIER COLEGIO….PODRÁ PRESTAR SUS SERVICOS PROFESIONALS LIBREMENTE EN TODO EL TERRIORIO DEL ESTADO…”.

GASTOS DE INCORPORACIÓN

CUOTA DE INCORPORACIÓN

(Salvo para los que procedan de los Colegios de Lorca y Cartagena, en cuyo caso la cuota será de 180,30 €)

 

 

RECIPROCIDAD

(Precio según Colegio de Procedencia)

CUOTA COLEGIAL TRIMESTRAL

 (Acuerdo de Junta General de 20/12/2024)

 

EJERCIENTE

NO EJERCIENTE           

 

          

                 112,00 €

                   45,60 €

 

SERVICIOS COLEGIALES

 

                   90,00 €

IMPORTANTE: EL ABONO DE LOS GASTOS DE INCORPORACIÓN SE REALIZARÁ AL  FORMALIZAR LA COLEGIACIÓN MEDIANTE PAGO CON TARJETA A TRAVÉS DE LA PASARELA DE PAGO EN LA TRAMITACIÓN ON-LINE (APORTAR JUSTIFICANTE)

Documentos Adjuntos

Documentos Adjuntos